Setencia: 2697/2012
Organo: Tribunal Supremo
Tema: Computo de antiguedad en un despido.
Fecha: 3/04/2012
Resumen: La empresa había finiquitado la relación laboral con el trabajador dándole la baja por fin de obra, frente a lo cual el trabajador reclamó y consiguió que el despido se declarara improcedente, si bien con una antiguedad menor que la que el trabajador solicitaba.
El trabajador había sido contratado desde el 2003, produciendose varias contrataciones posteriores produciendose un lapso entre ellas de varios días, y en concreto entre la finalización del 2006 y la nueva contratación del 2007 de 45 días. Este tiempo es considerado tanto por el Juzgado de lo Social como por el Tribunal Superior de Justicia al que recurre el trabajador, como suficiente para que el trabajador pierda la antiguedad, aplicando el criterio jurisprudencial de 20 días de diferencia.
Sin embargo, el Tribunal Supremo considera este criterio como no válido, considerando que "tiene que atender a un examen realista de la subsistencia del vínculo y no solo a la extinción formal de la relación", admitiendo plazos superiores.
Comentario: Es importante esta sentencia ya que marca que la sucesión de contratos de un trabajador con la empresa no interrumpe la relación laboral con el trabajador a pesar de que haya pasado un plazo de veinte días, tal y como se marcaba anteriormente.
Esta era un practica común entre las empresas, que mandaban a su casa al trabajador durante ese plazo con el fin de que perdiera su antiguedad y poder volver a contratarle de forma temporal.
SALUDOS.
Gracias por la entrada. Me ha resultado muy útil. Sin embargo, no encuentro en Internet ningún enlace para ver la Sentencia 2697/2012 del Supremo. ¿Alguna idea de dónde la puedo encontrar? Gracias.
ResponderEliminarLas sentencias las cojo de la página del Consejo General del Poder Judicial, en el buscador de jurisprudencia.
ResponderEliminarhttp://www.poderjudicial.es/search/index.jsp
SALUDOS.