miércoles, 23 de mayo de 2012

El regreso de Keynes

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Autor: Skidelsky, Robert
Editorial: Editoria Critica, 2009
Lugar de Adquisición: Casa del Libro
Valoración: 8

Resumen: En este libro el autor, biográgo de Keynes, nos explica las teorías keynesianas así como su aplicación en la actualidad, en contraposición con la escuela neoliberal, cuyos errores nos han llevado a la crisis actual. Para Skidelsky, una vuelta a la economía keynesiana puede ser la solución para la salida de la situación en la que nos encontramos.

Comentario: Utiliza el Skidelsky un lenguaje sencillo con el fin de introducirnos en el mundo teórico de Keynes, así como explicarnos su aplicación en distintos ambitos y en la actualidad.
No deja dudas desde el primer momento de sus preferencias por el keynesianismo y su rechazo a las teorías neoliberales, achacando el momento actual al abandono de las enseñanzas de Keynes y la adopción de las políticas neoliberales.
Un libro recomendable tanto para el que, como yo, cree en la política keynesiana, como para el que tiende mas al neoliberalismo ya que aquí podra contraponer sus ideas con las teoricamente contrarias.

SALUDOS.

miércoles, 9 de mayo de 2012

Sentencia computo de antiguedad en un despido.

Setencia: 2697/2012
Organo: Tribunal Supremo
Tema: Computo de antiguedad en un despido.
Fecha: 3/04/2012

Resumen: La empresa había finiquitado la relación laboral con el trabajador dándole la baja por fin de obra, frente a lo cual el trabajador reclamó y consiguió que el despido se declarara improcedente, si bien con una antiguedad menor que la que el trabajador solicitaba.
El trabajador había sido contratado desde el 2003, produciendose varias contrataciones posteriores produciendose un lapso entre ellas de varios días, y en concreto entre la finalización del 2006 y la nueva contratación del 2007 de 45 días. Este tiempo es considerado tanto por el Juzgado de lo Social como por el Tribunal Superior de Justicia al que recurre el trabajador, como suficiente para que el trabajador pierda la antiguedad, aplicando el criterio jurisprudencial de 20 días de diferencia.
Sin embargo, el Tribunal Supremo considera este criterio como no válido, considerando que "tiene que atender a un examen realista de la subsistencia del vínculo y no solo a la extinción formal de la relación", admitiendo plazos superiores.

Comentario: Es importante esta sentencia ya que marca que la sucesión de contratos de un trabajador con la empresa no interrumpe la relación laboral con el trabajador a pesar de que haya pasado un plazo de veinte días, tal y como se marcaba anteriormente.
Esta era un practica común entre las empresas, que mandaban a su casa al trabajador durante ese plazo con el fin de que perdiera su antiguedad y poder volver a contratarle de forma temporal.

SALUDOS.