viernes, 24 de junio de 2011

Sentencia salarios tramitación

Inicio con esta sentencia una serie de comentarios sobre el mundo de los Recursos Humanos, comentaré tanto sentencias que crea de interes, como novedades en el mundo laboral o de la gestión de RRHH.
En el caso de las sentencias seguiré un orden, primero indentificaré la sentencia, después haré un pequeño resumen y finalmente un comentario personal.
Tal y como dije en mi primera entrada, aunque me dedico al mundo de los RRHH no pretende ser un analisis técnico ni profesional, sino un acercamiento a algunas sentencias que considero pueden tener relevancia.

Sentencia: 1767/2011
Organo: Sala de lo social del Tribunal Supremo.
Tema: Salarios de tramitación.
Fecha: 21/03/2011

RESUMEN
En la presente sentecia, el trabajador es despedido en el año 2000, recurriendo dicho despido y ganandolo en magistratura por sentencia del año 2003.
La empresa, haciendo uso de su derecho, requiere al estado los salarios de tramitación que tuvo que pagar al trabajador correspondientes a los aproximadamente tres años hasta que salió la sentencia, debido al exceso en dictar la resolución.
Esto hace que el Inem se de cuenta que el trabajador ha estado cobrando durante el periodo entre el despido y la sentencia tanto la prestación por desempleo como los salarios de tramitación, lo cual es incompatible, y una vez cobrados estos últimos no ha dado parte al Inem de este hecho y ha devuelto la prestación. El Inem decide revocar las prestaciones abonadas al trabajador, solicitando su devolución, e incluyendo no solo el periodo correspondiente a los salarios de tramitación, sino el que total de la prestación que fué hasta 2004.
El trabajador interpone demanda al juzgado de lo social sobre esta decisión, la cual es estimada en parte, ya que se le exime de pagar la prestación desde el fin del periodo de los salarios de tramitación hasta el fin de la prestación. Ambas partes recurren dicha resolución al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que confirma la sentencia.
El Inem interpondrá recurso de casación en el Tribunal Supremo, alegando como contradictoria una sentencia de 2005. El abogado del estado consideraba la prestación como única, y por tanto que el trabajador debía devolverla entera, dado además, que era su obligación informar al Inem al respecto.
El Tribunal Supremo admite el recurso, pero falla en contra de el alegando la doctrina que ya había marcado en sentencia de Febrero de este año, y que contradecía a la del Inem.

COMENTARIO:

En este caso la picaresca del trabajador le estuvo a punto de jugar una mala pasada. Su actitud de no informar sobre el cobro de los salarios de tramitación, incompatibles con la prestación de desempleo, hizo que el Inem, de forma exagerada, le exigiera no solo el la prestación duplicada, sino también la totalidad de la prestación.
La sentencia del Tribunal Supremo me parece bien, aunque no puedo dejar de alegrame del susto del trabajador. Y es que la picaresca y el fraude que rodean al Inem son enormes, existiendo muchas personas que cobran la prestación de desempelo sin tener derecho real a ello.
Todo esto hace que, en base al egoismo de unos cuantos, el sistema de protección para empleado, así como el estado del bienestar peligre y que si alguna vez llega a su colapso y fin nos demos cuenta del límite a donde le hemos llevado.

SALUDOS.

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